CONFESIÓN AURICULAR

Por Manuel Guerrero

CONFESIÓN AURICULAR

Y PERDÓN DE PECADOS

En el contexto de ritos que usa la Iglesia romana llámase “sacramento” a “un signo sensible instituido por Cristo que produce gracia en el alma para su santificación”. El Concilio de Trento (siglo XVI) fijó su número disponiendo que fuesen siete y nada más siete. Por lo que desde entonces en adelante ni se podrá añadir ni quitar a ese número. Así pues, la Iglesia romana jamás cederá un ápice en lo fundamental de todo lo referente a la doctrina sobre todos y cada uno de los sacramentos.

Uno de ellos, tercer de la serie, es el de la penitencia, o confesión, por el cual “se perdonan los pecados cometidos después del bautismo por medio del ministro que es únicamente el sacerdote”, quien, después de invocar la misericordia de Dios sobre el pecador y pedir que Él le perdone (faltaría más), en nombre propio y con autoridad exclusiva, y bajo su entera responsabilidad, le dice: “Yo te absuelvo de tus pecados”. En cuyo momento, según el dogma católico, se cumple en el pecador la promesa de Dios: “Si sus pecados son como la grana, como la nieve quedan emblanquecidos; si eran rojos como el carmesí, vienen a ser como blanca lana” (Isaías 1:18)

La recepción de este sacramento es obligatoria para cuantos han llegado al uso de razón y tengan conciencia de haber pecado. Y para evitar cualquier escapatoria en este sentido todo católico tiene obligación, bajo pena de nuevo pecado, de hacerlo, al menos, una vez cada año.

LA CONFESIÓN AURICULAR

Y SUS CONCOMITANCIAS

Naturalmente el sacerdote que oye la confesión de un penitente no es un dios que lee los pensamientos. Debe por tanto el pecador declararle sus pecados; decirlos a la oreja de quien los va a perdonar. Eso es, llanamente, lo que se llama “confesión auricular” (a la oreja). El pecador debe acercarse a una especie de “caseta” (llamada confesionario) y allí decir sus pecados con todas las circunstancias agravantes, sin callar nada por vergonzoso que sea so pena de cometer otro pecado aun mayor llamado sacrilegio. Enseña el dogma católico que si una persona, al confesarse, omite voluntariamente algo que le recuerda la conciencia y aunque exista la duda, todas las confesiones subsiguientes son nulas y sacrílegas.

La iglesia impone al ministro la obligación de hacer toda clase de preguntas y de descender a detalles que sonrojarían al más audaz de los libertinos. Esto, de ordinario, lo ignora el penitente que queda confundido ante tal atrevimiento y juzga mal a su confesor. Pero la culpa no es de él; es del sistema. Quien tenga dudas lea cualquier tratado de Moral que se enseña en los seminarios católicos o a la casuística desde S. Alfonso María de Ligorio hasta los autores más modernos.

Pero existen otras concomitancias que hacen de este sacramento algo digno de su nombre: es la facilidad en el abuso del mismo y la deformación de conciencia a que se presta. Cuando, extraños, observamos el proceder de muchos receptores fáciles de sacramentos, pero olvidadizos de sus deberes más elementales para con Dios y se les reprocha su conducta, nos dejan atónitos con su respuesta: ¿Qué más da? Mañana me confieso y en paz.

No queremos decir con todo esto que el procedimiento en sí sea abominable. Entendámonos. El desahogo de la conciencia, el pedir consejo en momentos difíciles, la confianza con ciertas personas que, por su ciencia, virtud y aun dotes humanas nos pueden orientar puede sernos de gran ayuda. Y aunque esta es la orientación que quiere dar ahora la Iglesia romana a este acto, quietando la impersonalidad en un confesionario, y cambiando los nombres de penitencia, absolución, lo esencial de este sacramento, es violentar las conciencias, para perdonar los pecados, “actuando con el poder de Dios”.  

Seguirá este tema.

 

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